Un IRS permite lo que llamamos el hermano menor a la oferta de compromiso, el acuerdo de pago parcial a plazos (PPIA) es un acuerdo formal con el Servicio de Impuestos Internos para realizar pagos mensuales hacia la deuda tributaria. Este acuerdo no paga completamente la deuda al final de la fecha de vencimiento del estatuto de cobranza. Una vez que expira el período de cobro del IRS, ya no está obligado a realizar estos pagos mensuales. Es importante conocer la fecha exacta de Recopilación de Estatutos, no la fecha de evaluación, y 911 Tax Relief verificará y confirmará las fechas de CSED a través de un análisis forense de transcripciones.
Si tiene una cantidad significativa de impuestos atrasados, un PPIA puede ser una opción atractiva. Le permite pagar su deuda tributaria en cuotas manejables y termina cuando expira la deuda, lo que resulta en que pague menos del monto total adeudado al IRS. Esencialmente, funciona como un acuerdo por menos de la deuda total, algo así como la Oferta de Compromiso, puede ahorrarle al contribuyente miles de dólares.
Con un acuerdo de pago a plazos estándar, el IRS ofrece una opción para que los contribuyentes realicen pagos mensuales en el transcurso de 72 meses para liquidar su deuda tributaria, sin embargo, el IRS considerará un acuerdo de pago a plazos parcial para recuperar la mayor cantidad posible. La fecha de vencimiento del estatuto de cobro suele ser de 10 años a partir de la evaluación del impuesto o la presentación de la declaración de impuestos. Por ejemplo, si ha permitido que la deuda se acumule durante cuatro años, al IRS le quedan seis años para cobrar. Bajo un acuerdo de pago parcial a plazos, pagaría $100 por mes durante seis años, por un total de $7200. Una vez que se alcanza el CSED, se condona cualquier saldo restante y no se requiere ningún pago adicional. El IRS también detendrá las acciones de cobro, como gravámenes e incautaciones, siempre que se mantenga al día con sus pagos. El IRS puede estar de acuerdo con este acuerdo si es evidente que el pago total antes de la fecha límite de vencimiento del Estatuto de Cobro causaría dificultades financieras significativas, optando por recuperar una parte de la deuda en lugar de nada en absoluto.
911 Tax Relief preparará todos los documentos necesarios para ser elegible para PPIA para satisfacer los criterios específicos descritos en el Manual de Impuestos Internos:
– Capacidad de pago al IRS, pero imposibilidad de pagar en su totalidad
– Realización de una entrevista de calificación
– Presentación y pago de declaraciones de impuestos de ejercicios anteriores
– Poseer más de $10,000 en deudas tributarias, intereses y multas
– No aceptación previa de una Oferta de Compromiso
– Presentación del modelo 433 (Declaración de Información de Cobro)
– Presentación del Formulario 9645 (Solicitud de Acuerdo de Pago a Plazos del IRS) o solicitud de Acuerdo de Pago a Plazos en línea
– Falta de activos negociables o incapacidad para proporcionar capital en activos debido a dificultades financieras, o valor insuficiente de los activos para garantizar un préstamo
– Imposibilidad de cubrir la deuda tributaria a través de la venta de bienes inmuebles o activos comerciales o productos fianáceos.
911 Tax Relief y el Cliente continuarán comunicándose a través de la aplicación, correo electrónico o teléfono porque el IRS puede realizar revisiones periódicas de su situación financiera, posiblemente cada 24 meses, para asegurarse de que aún califica para un PPIA. Además, si sus ingresos declarados superan un cierto umbral, el IRS puede programar automáticamente una revisión. Si se determina que ya no cumple con los requisitos para un PPIA, el IRS establecerá un acuerdo de pago a plazos tradicional o exigirá el pago inmediato del saldo total.
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